OFICINAS EN CABA, LANÚS, MORÓN Y SAN ISIDRO
Somos un Estudio de abogados con oficinas en Capital Federal: Barrio Montserrat (Palacio Barolo, Caba), Villa Lugano (Caba), Lanús Oeste, Quilmes, Morón y San Isidro. Nuestra misión es brindarle la mejor calidad de servicio al cliente con el fin de solucionar los diversos conflictos que puedan presentarse, como así también obtener las mayores indemnizaciones posibles. Especialmente nos dedicamos a cuestiones relativas a Derecho Civil, Concursal y Laboral.
como así también abogado caba. En resumen abogado caba. Es decir abogado capital federal. Luego abogado capital federal.
Posibilidad de Realizar los Procesos 100% a Distancia
Consultas Virtuales o Presenciales conforme preferencia del Cliente
Cumplimiento con el Protocolo de Seguridad e Higiene COVID-19
Derechos ante un accidente de trabajo
Ante la situación de un accidente laboral, sea en su lugar de trabajo como así también en el trayecto de su domicilio al mismo, el trabajador debe dar aviso inmediato a su empleador, quien deberá denunciar dicha situación ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
De no realizar dicha denuncia en tiempo oportuno, puede realizarla el trabajador, salvo que el empleador no lo haya declarado por no encontrarse registrado.
El trabajador cuenta con el derecho a recibir atención médica inmediata de su ART. A su vez la ART debe asumir los gastos médicos producto del accidente, e incluso abonarle una indemnización integral si se produjera una incapacidad permanente. En cuanto a la determinación del grado de incapacidad del trabajador con la consecuente reparación económica, hay que destacar que las ART no son imparciales, ya que los médicos de estas responden a aquellas. Por esta situación resulta de vital importancia que el trabajador sea asesorado por un abogado especializado, antes de aceptar una propuesta por la ART.
Accidentes in itinere
Accidente in itinere es el accidente sufrido por un trabajador durante el desplazamiento desde su lugar de trabajo hasta su domicilio, y viceversa. Tiene como condición de exigencia que el trabajador accidentado no haya interrumpido el recorrido o trayecto por alguna causa ajena al trabajo.

OFICINA CABA
Avenida de Mayo 1370, piso12, Oficina “332”
Barrio Montserrat, Palacio Barolo
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
11 5263-0851
11 6749-4074




