Sí. En Argentina, la ley prevé que terceros familiares puedan solicitar la custodia (cuidado personal) de un niño o adolescente cuando los padres no pueden ejercerla de manera adecuada.
🔹 Casos en que procede:
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Cuando los padres han fallecido.
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Cuando están ausentes o incapacitados.
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Cuando existe violencia familiar, abandono o negligencia grave.
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Cuando el juez determina que permanecer con los padres pone en riesgo el interés superior del niño.
🔹 Quiénes pueden pedirla:
Generalmente los abuelos, tíos u otros parientes cercanos, e incluso personas con vínculos afectivos fuertes con el niño, como padrinos o tutores de crianza.
🔹 Procedimiento:
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Se inicia un proceso judicial de guarda.
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El juez evalúa informes psicológicos, socioambientales y el deseo del niño si tiene suficiente edad y madurez.
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La decisión siempre se toma priorizando la estabilidad emocional y el bienestar del menor.
👉 En conclusión, los familiares u otros terceros pueden solicitar la custodia cuando está en juego la protección del niño y los progenitores no están en condiciones de ejercerla.
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La tenencia legal implica vivir con los menores en una misma casa y ser responsable de su cuidado y atención. Ambos progenitores siguen ejerciendo la patria potestad, el otro no pierde sus derechos sobre los menores.
El cónyuge que no tenga la tenencia contará con un régimen de visitas, en el cual se establecerán las normas que se tendrán en cuenta para organizar las visitas a los menores. Puede ser acordado por los padres y aprobado por el juez, o en caso de no mediar acuerdo ser fijado por este último. La tenencia puede solicitarse en los casos de separación de hecho, legal o divorcio vincular de los padres. En general los hijos menores de 5 años quedarán a cargo de la madre, excepto causas graves. Para los mayores a falta de acuerdo será el juez el que decida en función de a quién de los dos cónyuges considere más idóneo. Sin embargo ambos continúan teniendo todas las cargas y obligaciones respecto de sus hijos.
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Nos dedicamos «in extenso» a toda la gama de posibilidades que se suceden en el derecho de familia, desde el divorcio, en el cual se suma como novedad la posibilidad de realizar un divorcio «express» gracias a la actualización del código civil, hasta todas las cuestiones derivadas de este, como cuestiones de alimentos, tenencia de hijos, división de bienes, etc.

