Sí, un acuerdo de custodia o cuidado personal de los hijos que ya fue homologado judicialmente puede modificarse, siempre que exista un cambio en las circunstancias desde el momento en que se celebró. Por ejemplo, si uno de los progenitores cambia de domicilio, si surgen conflictos en el cumplimiento del régimen de comunicación, si aparecen problemas de convivencia, o si el interés superior del niño así lo requiere.

El trámite se inicia mediante una demanda judicial de modificación de tenencia o cuidado personal, donde el juez analiza las nuevas condiciones y resuelve si corresponde alterar lo ya acordado. La clave siempre es la protección de los derechos del niño y su bienestar.

En algunos casos, los progenitores pueden presentar un nuevo acuerdo en conjunto y solicitar su homologación, lo cual agiliza el proceso. Pero si no hay consenso, será el juez quien decida después de escuchar al niño (si tiene edad y madurez suficiente) y evaluar los informes de equipos interdisciplinarios.

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Se puede modificar un acuerdo de custodia o cuidado personal de los hijos homologado por el juez

La tenencia legal implica vivir con los menores en una misma casa y ser responsable de su cuidado y atención. Ambos progenitores siguen ejerciendo la patria potestad, el otro no pierde sus derechos sobre los menores.

El cónyuge que no tenga la tenencia contará con un régimen de visitas, en el cual se establecerán las normas que se tendrán en cuenta para organizar las visitas a los menores. Puede ser acordado por los padres y aprobado por el juez, o en caso de no mediar acuerdo ser fijado por este último. La tenencia puede solicitarse en los casos de separación de hecho, legal o divorcio vincular de los padres. En general los hijos menores de 5 años quedarán a cargo de la madre, excepto causas graves. Para los mayores a falta de acuerdo será el juez el que decida en función de a quién de los dos cónyuges considere más idóneo. Sin embargo ambos continúan teniendo todas las cargas y obligaciones respecto de sus hijos.

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Nos dedicamos «in extenso» a toda la gama de posibilidades que se suceden en el derecho de familia, desde el divorcio, en el cual se suma como novedad la posibilidad de realizar un divorcio «express» gracias a la actualización del código civil, hasta todas las cuestiones derivadas de este, como cuestiones de alimentos, tenencia de hijos, división de bienes, etc.