Si sufriste un accidente, una caída, una lesión o un perjuicio viajando en colectivo, podés y conviene hacer el reclamo cuanto antes.
📝 Paso 1: Reunir la información
Anotá o guardá:
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Línea de colectivo
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Número de interno
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Patente
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Fecha, horario y lugar del hecho
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Qué ocurrió (frenada brusca, caída, choque, puerta, etc.)
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Datos de testigos, si los hay
🏥 Paso 2: Atención médica
Aunque el golpe parezca leve, andá al médico y guardá:
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certificados médicos
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estudios
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recetas
Esto es clave si después reclamás una indemnización.
📞 Paso 3: Reclamo administrativo
Podés hacer el reclamo:
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ante la empresa de transporte
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ante el organismo de control (CNRT en colectivos interurbanos / jurisdicción correspondiente en CABA o Provincia)
El reclamo sirve como constancia, pero no reemplaza el reclamo legal.
⚖️ Paso 4: Reclamo legal
Si hubo lesiones, gastos médicos o consecuencias físicas, lo recomendable es:
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consultar con un abogado
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evaluar un reclamo indemnizatorio contra la empresa y su aseguradora
👉 La empresa responde por la seguridad del pasajero, incluso si no hubo choque.
⚠️ Importante
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No firmes acuerdos ni aceptes pagos sin asesoramiento.
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No minimices el hecho: muchas lesiones aparecen días después.
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Los reclamos tienen plazos legales.
📲 Asesoramiento
Un abogado puede decirte:
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si corresponde indemnización
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contra quién reclamar
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qué pruebas necesitás
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Comuníquese con nuestros especialistas para recibir asesoría personalizada y defender sus derechos.
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Accidentes de Tránsito
como así también abogado accidentes de tránsito. En resumen abogado especialista en accidentes de tránsito. Es decir estudio jurídico accidentes de tránsito . Luego abogados especializados en accidentes de tránsito. Durante abogado accidentes de tránsito. Mientras abogado especialista en accidentes de tránsito. Al mismo tiempo estudio jurídico accidentes de tránsito. Después abogados especializados en accidentes de tránsito. antes abogado accidentes de tránsito. Es decir abogado especialista en accidentes de tránsito.
Ante un accidente de tránsito, el código civil y comercial Argentino, dispone que la reparación del daño causado debe ser plena, procurando colocar a la víctima en el estado anterior al hecho dañoso. Para determinar el monto indemnizatorio se evalúan los perjuicios sufridos y las consecuencias negativas del hecho sobre el entorno laboral, social y familiar del damnificado.
Responsabilidad Civil por Accidente de tránsito
Para estos casos, el derecho Argentino establece una responsabilidad objetiva. Esto significa que los titulares y conductores se presumen responsables de los daños producidos en el siniestro. Por tanto deben reparar los daños producidos al otro vehículo, conductor o sujeto. Solo se liberan demostrando que el vehículo fue utilizado en contra de su voluntad o por causa ajena.
En ese sentido, la responsabilidad de los titulares y conductores puede ser reducida o directamente excluida por la incidencia del hecho del damnificado o de un tercero en la producción del daño.
Además, la falta de acatamiento de las normas de tránsito, también será considerada a efectos de la determinación y/o distribución de la responsabilidad civil de los intervinientes en el accidente.

Sujetos Responsables
En principio resultan responsables el dueño y quien ejerce por sí o por terceros, el uso, la dirección y el control del rodado que intervino en el accidente. Se entiende por dueño al titular del dominio que figura inscripto en la la Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor (D.N.R.P.A.). Es debido a esto que resulta importante a los fines de evitar posibles reclamos, que el titular que vendió el vehículo denuncie la venta, de lo contrario, ante un accidente, deberá demostrar que con motivo de la enajenación ha perdido la disponibilidad material del rodado.
