Si fuiste atropellado como peatón, tenés derecho a reclamar una indemnización, incluso aunque el vehículo haya circulado a baja velocidad o el accidente haya sido “leve”.

🩺 Qué hacer inmediatamente

  • Buscá atención médica, aunque no tengas dolor en el momento.

  • Llamá a la policía o a emergencias si es necesario.

  • Anotá o sacá foto de la patente del vehículo.

  • Tomá datos del conductor y del seguro.

  • Buscá testigos y cámaras de la zona.

⚖️ ¿Quién tiene la culpa?

En la mayoría de los casos, el peatón es considerado la parte más vulnerable, por lo que la responsabilidad suele recaer en el conductor, salvo situaciones excepcionales.

💰 ¿Qué puedo reclamar?

Podés reclamar:

  • Gastos médicos y de rehabilitación

  • Días de trabajo perdidos

  • Daño físico y psicológico

  • Daño moral

  • Secuelas permanentes, si las hubiera

⏳ ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

El reclamo tiene un plazo legal, por lo que es importante consultar cuanto antes para no perder derechos.

⚠️ Importante

No aceptes arreglos informales ni firmes acuerdos sin asesoramiento. Muchas lesiones aparecen días después del atropello.

📲 ¿Necesitás ayuda?

Cada caso es distinto. Un abogado puede evaluar tu situación y decirte si corresponde reclamar y cuánto.

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Accidentes de Tránsito

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Ante un accidente de tránsito, el código civil y comercial Argentino, dispone que la reparación del daño causado debe ser plena, procurando colocar a la víctima en el estado anterior al hecho dañoso. Para determinar el monto indemnizatorio se evalúan los perjuicios sufridos y las consecuencias negativas del hecho sobre el entorno laboral, social y familiar del damnificado.

Responsabilidad Civil por Accidente de tránsito

Para estos casos, el derecho Argentino establece una responsabilidad objetiva. Esto significa que los titulares y conductores se presumen responsables de los daños producidos en el siniestro. Por tanto deben reparar los daños producidos al otro vehículo, conductor o sujeto.  Solo se liberan demostrando que el vehículo fue utilizado en contra de su voluntad o por causa ajena.

En ese sentido, la responsabilidad de los titulares y conductores puede ser reducida o directamente excluida por la incidencia del hecho del damnificado o de un tercero en la producción del daño.

Además, la falta de acatamiento de las normas de tránsito, también será considerada a efectos de la determinación y/o distribución de la responsabilidad civil de los intervinientes en el accidente.

Sujetos Responsables

En principio resultan responsables el dueño y quien ejerce por sí o por terceros, el uso, la dirección y el control del rodado que intervino en el accidente. Se entiende por dueño al titular del dominio que figura inscripto en la la Dirección Nacional del Registro de Propiedad Automotor (D.N.R.P.A.). Es debido a esto que resulta importante a los fines de evitar posibles reclamos, que el titular que vendió el vehículo denuncie la venta, de lo contrario, ante un accidente, deberá demostrar que con motivo de la enajenación ha perdido la disponibilidad material del rodado.

Preguntas Frecuentes

Lo más importante es mantener la calma y seguir estos pasos:

  • Verificar el estado de salud de todas las personas involucradas y llamar al 911 si hay heridos.
  • Tomar fotos del accidente, los daños a los vehículos y las señales de tránsito.
  • Pedir los datos del otro conductor (nombre, DNI, patente, seguro, etc.).
  • Conseguir testigos si es posible.
  • Contactarnos lo antes posible para asesorarte sobre los pasos legales a seguir.

Sí, aunque no tengas seguro, podés reclamar daños y perjuicios si el otro conductor fue responsable. Evaluaremos tu caso y te guiaremos en el proceso legal.

El plazo para reclamar depende del tipo de daño:

  • Daños materiales: hasta 2 años.
  • Lesiones o daños físicos: hasta 3 años.
  • Muerte en accidente: generalmente hasta 3 años para los familiares directos.
    Es recomendable iniciar el reclamo lo antes posible para evitar pérdida de pruebas.

Si el responsable no tiene seguro, se pueden tomar diferentes medidas legales, como demandarlo directamente. También es posible que tu propio seguro cubra los daños si tenés una póliza con cobertura contra terceros no asegurados.

Podés reclamar:

  • Gastos médicos y de rehabilitación.
  • Arreglo o reposición de tu vehículo.
  • Lucro cesante (solo en juicio)
  • Daño moral y psicológico (solo en juicio).
  • Indemnización por incapacidad o fallecimiento.

Si el accidente ocurrió mientras trabajabas o en el trayecto hacia tu trabajo, podrías tener derecho a una compensación adicional a través de la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo).

Depende del caso. Si el reclamo se resuelve por vía extrajudicial, puede tardar entre 3 y 12 meses. Si se va a juicio, puede extenderse entre 2 y 5 años, según la complejidad y la jurisdicción.

Sí, un abogado especializado aumentará tus posibilidades de obtener el mayor monto posible y se encargará de todos los trámites para que no tengas que preocuparte.

Trabajamos bajo la modalidad de honorarios a resultado, lo que significa que no pagás por adelantado y solo cobramos si obtenemos una compensación para vos.

Contactanos hoy mismo para una consulta gratuita. Evaluaremos tu caso sin compromiso y te explicaremos cómo proceder.