Cuando uno de los progenitores incumple el régimen de comunicación fijado por acuerdo o por resolución judicial, el otro tiene derecho a reclamar judicialmente su cumplimiento.
El incumplimiento puede manifestarse de distintas formas:
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Obstaculizar o impedir las visitas.
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No entregar al hijo en el día y horario establecidos.
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No respetar las vacaciones o días especiales pactados.
👉 En estos casos, el progenitor afectado puede presentar un incidente de ejecución o una denuncia judicial solicitando que el juez intime al cumplimiento del régimen. El juez puede imponer sanciones al progenitor que incumpla, como apercibimientos, multas económicas e incluso medidas más severas si la obstaculización persiste.
Es importante destacar que el régimen de comunicación es un derecho del hijo, no de los padres. Por lo tanto, obstaculizarlo no solo afecta al otro progenitor, sino también al bienestar emocional del niño.
En resumen:
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Documentar los incumplimientos (mensajes, testigos, etc.).
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Reclamar judicialmente el cumplimiento.
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Solicitar sanciones si la conducta se repite.
El juez siempre actuará priorizando el interés superior del niño, garantizando su derecho a mantener un vínculo estable con ambos padres.
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La tenencia legal implica vivir con los menores en una misma casa y ser responsable de su cuidado y atención. Ambos progenitores siguen ejerciendo la patria potestad, el otro no pierde sus derechos sobre los menores.
El cónyuge que no tenga la tenencia contará con un régimen de visitas, en el cual se establecerán las normas que se tendrán en cuenta para organizar las visitas a los menores. Puede ser acordado por los padres y aprobado por el juez, o en caso de no mediar acuerdo ser fijado por este último. La tenencia puede solicitarse en los casos de separación de hecho, legal o divorcio vincular de los padres. En general los hijos menores de 5 años quedarán a cargo de la madre, excepto causas graves. Para los mayores a falta de acuerdo será el juez el que decida en función de a quién de los dos cónyuges considere más idóneo. Sin embargo ambos continúan teniendo todas las cargas y obligaciones respecto de sus hijos.
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Nos dedicamos «in extenso» a toda la gama de posibilidades que se suceden en el derecho de familia, desde el divorcio, en el cual se suma como novedad la posibilidad de realizar un divorcio «express» gracias a la actualización del código civil, hasta todas las cuestiones derivadas de este, como cuestiones de alimentos, tenencia de hijos, división de bienes, etc.

