La cesión de derechos hereditarios es un contrato mediante el cual un heredero transmite a otra persona, sea otro heredero o un tercero, los derechos que le corresponden sobre una herencia. Esto significa que quien cede deja de tener participación en la sucesión en la medida en que haya cedido sus derechos, y el cesionario (quien recibe) pasa a ocupar su lugar.

Este acto debe realizarse siempre por escritura pública ante escribano, y puede comprender la totalidad de los derechos hereditarios o solo una parte. La cesión no transfiere directamente los bienes de la herencia, sino la posición del heredero dentro del proceso sucesorio.

Existen dos tipos de cesiones:

  • Cesión gratuita: cuando el heredero cede sus derechos sin recibir contraprestación.

  • Cesión onerosa: cuando el heredero recibe un pago o beneficio económico a cambio de los derechos cedidos.

Se trata de una herramienta útil cuando un heredero prefiere obtener un beneficio inmediato o resolver su participación en la sucesión sin esperar a la adjudicación final de los bienes.

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Qué es la cesión de derechos hereditarios

Resulta de vital trascendencia darle a la sucesión el encuadre jurídico adecuado, debido a la complejidad planteada desde la cantidad de herederos hasta la cantidad, calidad y situación de los activos y pasivos (contenido de la Sucesión)

Un solo heredero puede iniciar una sucesión.
La sucesión se inicia con un escrito solicitando al juez la apertura de la misma, ese escrito lo deben firmar los herederos que pretendan ser declarados como tales y el letrado patrocinante.- También se puede iniciar una sucesión por poder, es decir los herederos otorgan poder a su abogado, ante Escribano Público a efectos de que su apoderado inicie, prosiga y culmine todo el proceso dentro del expediente judicial

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