La cuota alimentaria se abona hasta los 21 años si el hijo/a no puede mantenerse por sus propios medios.
🔹 Puede extenderse hasta los 25 años cuando el hijo/a estudia de forma regular y necesita el aporte económico para sostenerse.
🔹 Si existe una discapacidad o condición de salud que impida trabajar, la obligación alimentaria puede prolongarse aún más allá de los 25 años.

👉 Cada caso debe evaluarse judicialmente según la situación concreta.

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hasta qué edad se paga la cuota alimentaria

La cuota alimentaria es un monto que se le fija al padre/madre que no convive con sus hijos (en un caso de divorcio o separación de hecho) para que colabore en los gastos que demanda el mismo. Esta cuota es mensual y obligatoria hasta que los chicos alcancen la mayoría de edad. Incluye los gastos derivados de la vivienda, alimentación, salud, educación y esparcimiento de los menores

Importante es destacar, que ambas partes deberán estar representadas por un abogado de familia, y esto se pacta entre las partes en un acuerdo que siempre es homologado por un juez. Si no llegaran a ponerse de acuerdo, será un juez quien determine la suma a ser pagada. Para establecer esta cantidad el magistrado tendrá que tener en cuenta el nivel de vida de los menores y los ingresos de ambos progenitores para comprobar cuanto pueden aportar.

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Nos dedicamos «in extenso» a toda la gama de posibilidades que se suceden en el derecho de familia, desde el divorcio, en el cual se suma como novedad la posibilidad de realizar un divorcio «express» gracias a la actualización del código civil, hasta todas las cuestiones derivadas de este, como cuestiones de alimentos, tenencia de hijos, división de bienes, etc.