La usucapión, también llamada prescripción adquisitiva, es un modo legal de adquirir la propiedad de un inmueble a través de la posesión continua, pública y pacífica durante un período de tiempo determinado por la ley.
En Argentina, existen dos plazos principales:
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Usucapión larga (20 años): se adquiere la propiedad cuando alguien posee un inmueble como dueño durante veinte años ininterrumpidos, aunque no tenga un título válido.
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Usucapión corta (10 años): aplica cuando la persona posee con justo título y buena fe durante diez años.
La usucapión debe ser reconocida judicialmente: no alcanza con “vivir en la propiedad”, sino que se necesita iniciar un juicio de usucapión para que un juez declare la titularidad.
Este instituto busca dar seguridad jurídica a situaciones de hecho prolongadas en el tiempo, donde el verdadero dueño no ejerció sus derechos y otro actuó como propietario.
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La usucapión o prescripción adquisitiva es la adquisición del dominio por continuar en la posesión durante el tiempo determinado Ley. Es una forma de adquirir el dominio consistente en la obtención de un derecho por el transcurso del tiempo, por el uso de una cosa en forma constante e ininterrumpida.
Es posible conceptualizar a la usucapión, como el derecho por el cual, el poseedor de una cosa, adquiere la propiedad de ella por la continuación de la posesión, durante el tiempo fijado por la ley.
Quien ha abandonado sus bienes y se desinteresó de ellos no merece la protección legal. La sociedades modernas no conciben la propiedad como un derecho absoluto; ser dueños supone crecientes responsabilidades, no solo derechos.
Clases
La usucapión larga y sus requisitos son la posesión por 20 años sin necesidad de buena fe.
La usucapión corta, cuyos requisitos son la posesión por el término de 10 años buena fe y el justo título.
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