En principio, no se puede desalojar a un inquilino antes de que finalice el contrato de alquiler, ya que el contrato firmado tiene fuerza de ley entre las partes. Sin embargo, existen situaciones excepcionales en las que el propietario puede iniciar un juicio de desalojo anticipado:

  1. Falta de pago del alquiler o expensas: si el inquilino no cumple con su obligación principal de pagar, el dueño puede intimarlo y, de persistir la deuda, iniciar un desalojo por falta de pago.

  2. Incumplimiento grave de obligaciones: por ejemplo, si el inquilino realiza daños en la propiedad, la destina a un uso distinto al pactado (ejemplo: la alquila como vivienda y la usa como local comercial) o altera la convivencia de manera grave.

  3. Cesión o subalquiler no autorizado: si el contrato lo prohíbe expresamente y el inquilino lo hace, puede habilitar un desalojo.

En todos los casos, el propietario debe iniciar un juicio de desalojo (sumarísimo por falta de pago o por incumplimiento). No puede recurrir a vías de hecho (cambiar cerraduras, cortar servicios, sacar pertenencias), ya que eso sería ilegal y podría traerle consecuencias judiciales.

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Puedo desalojar al inquilino antes del vencimiento del contrato

Un desalojo, significa jurídicamente, obligar a través de las vías legales, a abandonar un inmueble por parte de quien no tiene derecho a ocuparlo, ya sea porque nunca lo tuvo o ya haya vencido el derecho a ocupación del mismo, a instancias de quien tiene, supuestamente, sobre ese inmueble un derecho legítimo.
Los demandados, pueden ser tanto intrusos, inquilinos con contrato vencido o que adeuden alquileres o no hayan cumplido las obligaciones de uso debido de la cosa, deudas que hayan llevado al remate de la propiedad, etcétera.

 
Se puede echar a un inquilino antes de que termine el contrato

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