Cuando un juez dicta una orden de desalojo, esta resolución es de cumplimiento obligatorio. Si el inquilino se niega a retirarse voluntariamente en el plazo establecido, la justicia puede ordenar el lanzamiento forzoso, que consiste en la intervención de un oficial de justicia con auxilio de la fuerza pública.
El procedimiento es el siguiente:
-
Plazo judicial: una vez notificada la orden, se concede al inquilino un tiempo para desalojar por su cuenta.
-
Resistencia del inquilino: si no se retira, el propietario debe solicitar al juez la ejecución forzosa de la sentencia.
-
Lanzamiento con oficial de justicia: el tribunal fija fecha y hora en la que un oficial de justicia, acompañado de la policía si es necesario, procede a retirar al ocupante y devolver la posesión del inmueble al propietario.
-
Bienes del inquilino: en caso de que el inquilino deje pertenencias, estas pueden ser inventariadas y depositadas en un lugar designado.
Es importante aclarar que el propietario no puede tomar la justicia por mano propia (por ejemplo, cambiar cerraduras o sacar los muebles), ya que eso se consideraría un desalojo ilegal.
En conclusión, si el inquilino se niega a irse después de la orden judicial, será desalojado por la fuerza pública mediante el procedimiento legal correspondiente.
¿Tiene mas dudas? Utilice nuestro buscador de preguntas frecuentes
⚖️ ¿Necesita ayuda con su caso?
Comuníquese con nuestros especialistas para recibir asesoría personalizada y defender sus derechos.
Un desalojo, significa jurídicamente, obligar a través de las vías legales, a abandonar un inmueble por parte de quien no tiene derecho a ocuparlo, ya sea porque nunca lo tuvo o ya haya vencido el derecho a ocupación del mismo, a instancias de quien tiene, supuestamente, sobre ese inmueble un derecho legítimo.
Los demandados, pueden ser tanto intrusos, inquilinos con contrato vencido o que adeuden alquileres o no hayan cumplido las obligaciones de uso debido de la cosa, deudas que hayan llevado al remate de la propiedad, etcétera.
Nos especializamos en Derecho Civil, abordamos tanto cuestiones de Derecho de Familia (Divorcios, Cuidado Personal, Régimen de Comunicación, Cuota Alimentaria, Adopción, Filiación entre otras) como así también Sucesiones, Desalojos, Divisiones de Condominio, Accidentes de Tránsito y Daños y Perjuicios entre otras.

