En el derecho de familia argentino, el cuidado personal de los hijos (antes llamado tenencia) regula con quién viven habitualmente los menores y cómo se organiza la vida cotidiana tras la separación o el divorcio. La ley prevé dos modalidades principales:
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Cuidado personal compartido indistinto
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El hijo vive habitualmente con uno de los progenitores, pero ambos participan en la toma de decisiones importantes sobre su vida.
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El progenitor conviviente se encarga de los cuidados diarios, mientras que el otro mantiene un régimen de comunicación amplio.
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Es el modelo más frecuente, ya que brinda estabilidad en la residencia del hijo.
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Cuidado personal compartido alternado
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El hijo reside períodos de tiempo similares con cada progenitor (por ejemplo, semanas alternadas o repartos equitativos durante el año).
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Requiere un alto grado de cooperación entre los padres y condiciones que favorezcan la continuidad escolar, social y afectiva del menor.
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Aunque menos común, se aplica en situaciones donde resulta beneficioso para el niño y factible en la práctica.
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👉 Importante:
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El juez siempre prioriza el interés superior del niño, evaluando su bienestar, estabilidad emocional y necesidades.
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No existe un modelo rígido: el régimen puede adaptarse a cada familia y modificarse si las circunstancias cambian.
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La tenencia legal implica vivir con los menores en una misma casa y ser responsable de su cuidado y atención. Ambos progenitores siguen ejerciendo la patria potestad, el otro no pierde sus derechos sobre los menores.
El cónyuge que no tenga la tenencia contará con un régimen de visitas, en el cual se establecerán las normas que se tendrán en cuenta para organizar las visitas a los menores. Puede ser acordado por los padres y aprobado por el juez, o en caso de no mediar acuerdo ser fijado por este último. La tenencia puede solicitarse en los casos de separación de hecho, legal o divorcio vincular de los padres. En general los hijos menores de 5 años quedarán a cargo de la madre, excepto causas graves. Para los mayores a falta de acuerdo será el juez el que decida en función de a quién de los dos cónyuges considere más idóneo. Sin embargo ambos continúan teniendo todas las cargas y obligaciones respecto de sus hijos.
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Nos dedicamos «in extenso» a toda la gama de posibilidades que se suceden en el derecho de familia, desde el divorcio, en el cual se suma como novedad la posibilidad de realizar un divorcio «express» gracias a la actualización del código civil, hasta todas las cuestiones derivadas de este, como cuestiones de alimentos, tenencia de hijos, división de bienes, etc.

