En materia laboral, los reclamos por despido tienen un plazo de prescripción de 2 años contados desde la fecha de la extinción del vínculo (art. 256 de la Ley de Contrato de Trabajo – LCT). Esto significa que, pasado ese tiempo, ya no se puede iniciar judicialmente la acción para reclamar indemnizaciones u otros rubros derivados del despido.

  • Despido sin causa: el plazo empieza a correr desde la fecha del despido.

  • Despido indirecto: si vos te considerás despedido por incumplimiento del empleador (por ejemplo, falta de pago), el plazo comienza desde que enviás la notificación (telegrama laboral o carta documento).

  • Acciones por diferencias salariales o de aportes: también prescriben a los 2 años, salvo aportes previsionales, que tienen plazos distintos (por ser obligaciones de la seguridad social).

  • Reclamos administrativos (SECLO en CABA): la presentación en el SECLO interrumpe la prescripción, es decir, congela el plazo mientras dure el trámite.

  • Convenios colectivos o estatutos especiales: algunos prevén plazos propios para ciertos reclamos, pero la regla general sigue siendo 2 años.

👉 Aunque la ley da 2 años, lo más recomendable es no esperar: cuanto antes se inicie el reclamo, más fácil será reunir pruebas y más chances habrá de cobrar lo que corresponde.

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Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido

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Cuál es el plazo para reclamar un despido en Argentina

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